Con muy poca cobertura de la presa concentrada se lleva a cabo el debate sobre la llamada vuelta a la bicameralidad que encierra peligrosas nuevas reglas políticas para el Perú.
En la actualidad se necesitan 87 votos para tomar decisiones sumamente delicadas para el Perú, pero, si se aprueba la bicameralidad, estos votos se reducirían a 40.
40 VOTOS
Esto porque la potestad de sancionar a las principales autoridades quedará en manos del senado cuyos integrantes serían 60 siendo los dos tercios necesarios para mayoría absoluta, 40 votos.
En la actualidad, la derecha fascista se ha topado con un gran problema: la dificultad de obtener 87 votos por los compromisos políticos (legales o no) que adquieren los parlamentarios.
Este problema quiere ser superado con la nueva estructura que plantea la llamada bicameralidad.
DIPUTADOS DE ADORNO
En el artículo 118 del texto que se discute, se indica que los diputados pueden aprobar normas pero estas tendrán que ser enviadas al Senado.
Los senadores tendrán la potestad de cambiar el texto de las normas, enviarlas al presidente o, simplemente, archivarlas con lo que deja espacio para decisiones arbitrarias.
INDISOLUBLES
En el artículo 133 se indica el que el presidente puede disolver la Cámara de Diputados si ésta a censurado o negado su confianza, ya dos, sino tres veces.
Es decir, aumenta una negación de confianza más, pero eso no es lo más grave sino que indica, textualmente, que el Senado «no puede ser disuelto».
PODER ABSOLUTO
Las siguientes autoridades podrían ser nombradas por los senadores con 40 votos: Defensor del Pueblo, miembros de la Junta Nacional de Justicia, miembros del directorio del Banco Central de Reserva, miembros de Tribunal Constitucional, Contralor General de la República ratificar al Superintendente de Banca, Seguros y Administradores.
Además podrán sancionar a todos ellos, incluido al Presidente de la República y, además, a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, nada menos.




