El gobierno peruano ha oficializado un decreto que altera el Código Procesal Penal N° 957 que regula el control de identidad policial y redefine las normativas para el control de identidad policial en el país.
Esta modificación ha generado un debate significativo y plantea preguntas sobre la posible discriminación, abuso y las intervenciones forzosas que podrían resultar de esta nueva regulación.
Según el decreto, que se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 5 de octubre, si un ciudadano es detenido y carece de un documento de identidad, la Policía Nacional podrá retenerlo, dependiendo de la gravedad de la situación o el alcance de la operación. Durante esta retención, se realizarán procedimientos como la toma de huellas dactilares y la verificación de requisitoria.
Lo que ha suscitado preocupación entre expertos y observadores es la duración de esta retención. Para ciudadanos peruanos, se les permitirá irse después de cuatro horas, lo que algunos consideran excesivo y susceptible de abuso.

Sin embargo, la discrepancia más destacada surge cuando se trata de ciudadanos extranjeros, quienes podrían ser retenidos por hasta 12 horas.
Además, se notificará a las autoridades migratorias de su país de origen o de cualquier otro lugar donde tengan antecedentes.
Algunos expertos argumentan que esta normativa otorga a los agentes de policía la capacidad de realizar controles basados en «sospechas» sin supervisión superior, lo que plantea preocupaciones sobre el potencial para el abuso y la discriminación policial.
En última instancia, aunque se etiquete como «retención», se asemeja a una detención policial sin la debida supervisión judicial u otra autoridad.
Este cambio ha generado críticas y preocupaciones por parte de destacados defensores de los derechos humanos y expertos legales.
Gerardo Távara Castillo, ex secretario general de la Asociación Civil Transparencia, expresó su alarma por la posibilidad de ser detenido si uno no porta un documento de identidad y cuestionó la salud de la democracia en el Perú.
El abogado Carlos Rivera, defensor de los derechos humanos, lamentó la aprobación de la norma y subrayó que contiene disposiciones discriminatorias basadas en la nacionalidad de las personas intervenidas, al establecer procedimientos distintos para nacionales y extranjeros.
Stefano Miranda, abogado experto en temas policiales, aclaró que la retención de cuatro horas ya existía, y lo que se ha modificado es el tiempo para los ciudadanos extranjeros, que ahora es de hasta 12 horas.
Giovanna Vélez, asesora del Ministerio del Interior, destacó que esta medida está dirigida principalmente a los extranjeros en el país y que no afectará los derechos de los residentes.