Gobierno prorroga estado de emergencia en seis distritos de Madre de Dios por 60 días

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El Poder Ejecutivo dispuso la prórroga del estado de emergencia por un periodo adicional de 60 días calendario en seis distritos del departamento de Madre de Dios, con el objetivo de continuar las acciones de lucha contra la criminalidad organizada y otras manifestaciones de violencia que afectan a esta región amazónica.

La medida entró en vigencia desde el 16 de junio de 2026 y alcanza a los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto, en la provincia de Tambopata, así como a los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe, en la provincia de Manu.

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La decisión fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 093-2026-PCM, publicado en el Boletín de Normas Extraordinarias del diario oficial El Peruano.

Policía mantendrá el control del orden interno

De acuerdo con la norma, la Policía Nacional del Perú continuará a cargo del control del orden interno, contando con el apoyo de las Fuerzas Armadas en las zonas que sean determinadas mediante labores de inteligencia, análisis estadísticos, mapas del delito y otros mecanismos de evaluación de riesgos.

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El Ejecutivo sostiene que la ampliación busca fortalecer las estrategias de seguridad implementadas en una región que enfrenta amenazas vinculadas a actividades ilícitas, crimen organizado y hechos de violencia que afectan la tranquilidad de la población.

¿Qué restricciones estarán vigentes?

Durante la vigencia del estado de emergencia se aplicarán las disposiciones contempladas en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú, que permiten restringir o suspender determinados derechos fundamentales.

Entre ellos se encuentran:

  • La inviolabilidad del domicilio.
  • La libertad de tránsito.
  • La libertad de reunión.
  • La libertad y seguridad personales.

Asimismo, las actividades religiosas, culturales, deportivas y otros eventos públicos de carácter masivo deberán contar con autorización previa de las autoridades competentes. En cambio, las actividades que no impliquen concentraciones masivas podrán desarrollarse sin necesidad de permisos especiales.

Intervención de la Policía y Fuerzas Armadas

El decreto precisa que la actuación de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas se realizará bajo los parámetros establecidos en la legislación vigente sobre el uso de la fuerza, respetando además los protocolos de protección de personas en situación de vulnerabilidad y las disposiciones contenidas en la normativa migratoria.

También se establece que el Comando de Coordinación Operativa Unificado (CCO) deberá presentar un informe sobre los resultados obtenidos durante la vigencia de la medida dentro de los cinco días hábiles posteriores a su culminación.

Dicho documento será remitido al Ministerio del Interior y posteriormente elevado a la Presidencia de la República, al Congreso de la República y al Poder Judicial, acompañado de recomendaciones sobre las acciones futuras en materia de seguridad.

Decreto fue refrendado por el Ejecutivo

La norma lleva la firma del presidente de la República, José María Balcázar Zelada, además del presidente del Consejo de Ministros, Luis Enrique Arroyo Sánchez, y de los titulares de los ministerios de Defensa, Interior, Economía y Finanzas, Justicia y Derechos Humanos, Transportes y Comunicaciones, y Ambiente.

Con esta nueva ampliación, Madre de Dios continúa siendo una de las regiones donde el Gobierno mantiene medidas excepcionales para enfrentar la criminalidad y preservar el orden público, en medio de los desafíos de seguridad que persisten en diversas zonas del país.

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