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Todo sobre restricciones y prohibiciones electorales

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En este proceso electoral el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) puso a disposición los medidas y normas que buscan garantizar que las elecciones se desarrollen con normalidad.

Dichas restricciones ya se encuentran vigentes y aplican tanto a: las campañas electorales, difusión o publicación de encuestas , reuniones civiles, y la ley seca. Cabe resaltar que dicha entidad realiza operativos en conjunto con las fuerzas armadas y la PNP,encargados de las medidas de seguridad.

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REUNIONES Y MANIFESTACIONES. Desde las 00:00 horas del viernes 4 de junio ya no se podrán realizar reuniones o manifestaciones de carácter político. Su transgresión, conforme al artículo 388 de la LOE, se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años, precisó el JNE en una nota de prensa.

ENCUESTAS. El JNE informó que desde las 00:00 horas de este lunes está prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, tal como lo precisa el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). El incumplimiento de esta disposición se sanciona con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre 44 mil y 440 mil soles.

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PROPAGANDA. Asimismo, estas entran en vigencia desde las 00:00 horas del sábado 5 de junio. En esta restricción se incluye la intervención de los candidatos en los medios de comunicación (entrevistas, conferencias, debates, etc.). Su incumplimiento acarreará una multa de entre 30 (132 mil soles) y 100 UIT (440 mil soles) o una pena de prisión no menor de dos años.

REUNIONES. Igualmente, el domingo 6 de junio, día de la segunda elección presidencial, entre las 07:00 y 19:00 horas no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.

LEY SECA. La LOE también establece la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas entre las 08:00 horas del sábado 5 y las 08:00 horas del lunes 7. El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2.790 soles y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.

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