2.4 C
Puno

Aprueban procedimiento operativo para retiro de los fondos de AFP

Fecha:

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió la resolución N.º 01767-2022, publicada en el diario oficial El Peruano, la cual permite el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT de los fondos AFP.

presidente Pedro Castillo, se autoriza “de manera extraordinaria” a todos los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (AFP), a retirar «de manera facultativa» hasta cuatro UIT del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

- Publicidad -

También se determinaba que los afiliados pueden presentar su solicitud de retiro, por única vez, dentro de los noventa días calendario luego de vigencia del reglamento de la mencionada norma promulgada por el Ejecutivo.

Con la resolución emitida este martes 31 de mayo, se añade como única procedimiento operativo, en un plazo que no excederá de quince días calendario de publicada la citada Ley, bajo responsabilidad de su titular”.

- Publicidad -

En el texto publicado también se estipula que se cuenta con «el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera y de Asesoría Jurídica».

«El procedimiento operativo (PO) se aplica a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) y dispone las normas correspondientes para cumplir con lo dispuesto en la Ley N.º 31478, que establece el retiro extraordinario y facultativo de los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, de los fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización, hasta por cuatro (4) unidades impositivas tributarias”, se lee en el Artículo 1 de la resolución, concerniente al alcance de la misma.

Esta medida también detalla sobre los canales de atención e información que puedan brindar las diferentes AFP  a sus aportantes, asegurando que el sistema de pensiones establece los mecanismos para garantizar su «disponibilidad y adecuado  funcionamiento» ante «las solicitudes  de retiro y/o desistimientos de sus afiliados conforme a ley».

Las plataformas que soporten  el registro de las solicitudes deben facilitar, en términos de tiempo y acceso, estándares mínimos que permitan su correcto llenado y envío; debiendo contar con los mecanismos de ciberseguridad y de conservación de información que mitiguen los riesgos de suplantación de identidad de los afiliados, según lo previsto en la normativa aplicable”, se precisa en el texto legal.

Fuente: La Lupa

- Publicidad -

Popular

- Publicidad -

Artículos Relacionados
RELACIONADOS

Irene Vallejo, ganadora del VI Premio Nuevo León Alfonso Reyes

La sexta edición del Premio Nuevo León Alfonso Reyes,...

Dina Boluarte entre la crisis total por 0 % de aprobación y la frivolidad de su viaje a Roma 

En una transmisión conjunta de 12 regiones, expertos cuestionaron la...

«Que el Papa no la reciba»: Clamor desde Puno contra Dina Boluarte

Desde el corazón herido del altiplano, donde el dolor...