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Puno

Declaratoria del Estado de Emergencia por bajas temperaturas

Fecha:

Decreto Supremo Nº 083-2023-PCM que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, por peligro inminente ante bajas temperaturas

Declaratoria del Estado de Emergencia

En respuesta a las preocupantes condiciones climáticas, se ha declarado el Estado de Emergencia en varios distritos de las provincias mencionadas. Esta medida tiene una duración de sesenta días calendario y busca implementar medidas y acciones excepcionales para reducir el Muy Alto Riesgo existente y ofrecer una respuesta y rehabilitación adecuadas.

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Declaratoria del Estado de Emergencia por bajas temperaturas | Difusión

Acciones a ejecutar

Las entidades encargadas de la gestión y coordinación en esta situación crítica son los Gobiernos Regionales y Locales de las áreas afectadas. Con el respaldo técnico y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), así como la participación de diversos ministerios y entidades públicas y privadas, se llevarán a cabo las acciones de reducción del riesgo y las intervenciones necesarias para enfrentar esta emergencia.

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Es importante destacar que todas las acciones emprendidas deben tener un claro nexo de causalidad con el evento y podrán ser ajustadas en función de las circunstancias que se presenten durante su implementación. Estas decisiones estarán fundamentadas en estudios técnicos realizados por las entidades competentes, lo que asegura una respuesta acorde a las necesidades y la seguridad de la población.

Conclusiones

El compromiso de proteger la vida y bienestar de los ciudadanos en situaciones de riesgo es una responsabilidad compartida. La declaratoria del Estado de Emergencia en varias provincias del país es un paso decisivo para enfrentar el peligro inminente de bajas temperaturas. Con el apoyo de distintos organismos gubernamentales y privados, se implementarán acciones concretas para reducir el riesgo y brindar la asistencia necesaria.

Ante estos desafíos, la cooperación, la planificación técnica y la adaptabilidad serán fundamentales para garantizar una respuesta efectiva. La información oportuna y veraz, respaldada por estudios técnicos, será esencial para enfrentar esta situación compleja y proteger a la población en riesgo.

En estos momentos críticos, es primordial mantenernos informados y conscientes de las medidas que se implementan para proteger a nuestros conciudadanos en las zonas afectadas. La solidaridad y el trabajo en conjunto son pilares clave para superar esta situación y mitigar el impacto de las bajas temperaturas.

Fuentes

  • Constitución Política del Perú
  • Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
  • Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)
  • Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM
  • “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres – SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM.
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