Comunidad puneña lucha por su derecho a la consulta previa en la Corte Interamericana

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Los representantes legales de las comunidades Chila Chambilla y Chila Pucara presentaron una petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que esta instancia les reconozca el derecho a la consulta previa como uno fundamental.

Esto luego de que el Tribunal Constitucional con los votos de Ernesto Blume, Augusto Ferrero y otros decida lo contrario lo que, para ellos, es un abuso contra su condición de pueblos originarios y les deja sin defensa ante las concesiones mineras.

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Las comunidades argumentan que el derecho a la consulta previa como derecho fundamental para ellos emana del Convenio 169 del que Perú es suscribiente y para determinadas circunstancias este tipo de tratado tiene rango constitucional.

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El proceso

El proceso constitucional de amparo inició en el Primer Juzgado Mixto de Chucuito Juli, llegando en el año 2019 hasta el Tribunal Constitucional; instancia que ha negado la consulta previa a los pueblos indígenas como derecho fundamental.

De acuerdo al Convenio 169 de la OIT, la consulta previa sí es un derecho fundamental y que los Estados tienen la obligación de consultar cuando se emitan medidas administrativas y legislativas que afecten la vida de los pueblos indígenas.

J.Carlos Flores Vargas

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