En un veredicto emitido por el titular del Segundo Juzgado Mixto y Penal Unipersonal de Desaguadero, Marco Antonio Ticona Miranda, sentencian a Aurea CC (56) a cinco años de prisión suspendida por el delito de agresión física contra su madre, Ignacia VC ( 83).
Durante la audiencia, que tuvo lugar recientemente, se reveló que el incidente ocurrió el 4 de julio de 2021 en la comunidad campesina de Jachapampa, en el sector de Liquina, perteneciente al distrito de Zepita en Chucuito. La octogenaria reside en una modesta cabaña en dicha localidad.
La mujer ha sido declarada culpable de cometer el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la forma de lesiones leves. Además de la sentencia suspendida, se le ha ordenado pagar una suma de 5,700 soles como compensación económica a favor de su madre y 1,000 soles al Estado Peruano.

El juez Ticona Miranda ha dictaminado que la ejecución de la pena sea suspendida siempre y cuando Aurea cumpla con ciertas reglas de conducta. Esto implica que deberá presentarse cada dos semanas en la oficina de control biométrico de la Corte Superior de Justicia de Puno para justificar sus actividades. En caso de no cumplir con dichas reglas, será recluida en el penal de Mujeres de Lampa.
Según Elisbán Rondón, vecino de la víctima y exsubprefecto de Zepita, la agresora no era conocida como hija de la octogenaria y aparentemente había llegado a la zona con el objetivo de reclamar una herencia. Al no llegar a un acuerdo, optó por agredirla físicamente.
El abogado penalista Gerber Huanca considera que esta sentencia establece un precedente para reconocer que la agresión a los padres es un acto penalmente sancionado. Sin embargo, opina que el caso debería haber sido calificado como violencia contra miembros del grupo familiar.
Huanca interpreta que, considerando la situación de vulnerabilidad de la agravada, la condena debería haber sido efectiva y no suspendida.
Es importante recordar que el abandono de los padres también es un delito que conlleva penas que van desde un mínimo de un año hasta un máximo de cuatro años