8.3 C
Puno

“Elegir y ser elegido es un derecho humano que no puede ser restringido por el JNE”, manifestó el canciller Manuel Rodríguez Cuadros

Fecha:

El embajador Manuel Rodríguez Cuadros, exministro de Relaciones Exteriores y expresidente de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, se refirió al caso de la exclusión de la contienda electoral de los candidatos George Forsyth y Rafael López Aliaga.

Indicó que elegir las autoridades a través del voto democrático y participar como candidato para ser elegido, es un derecho humano amparado por la OEA, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y suscritos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos a la que Perú esta adherido.

- Publicidad -

En este sentido ninguna institución ni persona puede vulnerar este derecho, por lo tanto el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) no debería excluir a ningún candidato de las elecciones ya que ellos representan a un gran numero de población que ha firmado su adherencia a sus respectivos partidos políticos.

“Si el JNE ejecuta las leyes internas mas la Convención Americana que es ley interna de mayor jerarquía, entonces dada la naturaleza de los problemas que se han presentado con George Forsyth y Rafael López Aliaga tendría que fallar en el sentido de no inhibir, de no impedir el ejercicio del derecho humano a ser elegido y a elegir, y consecuentemente resolverlo vía la subsanación” explicó en una entrevista para RPP.

- Publicidad -

En ese sentido, el canciller refirió que el ente electoral no debería excluir a los candidatos porque el interés publico de elegir al nuevo presidente de la nación en democracia esta por encima de cualquier falta subsanable, como es el caso de los candidatos mencionados.

“Solamente se puede restringir el ejercicio de un derecho humano, en este caso el derecho de elegir y ser elegido, cuando hay una condición que implique el cumplimiento de una necesidad social imperiosa, un interés publico esencial, en este caso es al revés, el interés esencial publico es que hayan elecciones democráticas , justas, entonces restringir totalmente el derecho de ser elegido y de elegir rompe todo este principio” puntualizó.

El JEE Lima Centro 1 decidió excluir a George Forsyth por no haber incluido en su hoja de vida la declaración de algunas empresas de su propiedad, el candidato alego que el formulario induce al error al no señalar correctamente desde que año se deben declarar lo bienes de los candidatos.

Por otro lado, la misma institución, excluyo al candidato Rafael López Aliaga por haber hecho la promesa de donar su sueldo de presidente a organizaciones caritativas, hecho que vulneraría la regla de ofrecimiento de dadivas en campaña electoral.

López Aliaga presento un recurso de apelación ante el JNE que fue aceptado y cuya resolución de respuesta saldrá en los próximos días.

Forsyth ha manifestado que denunciara penalmente a los jueces integrantes del Jurado Especial Electoral porque, según el, le negaron su derecho a la defensa y emitieron la resolución en su contra en tan solo 10 horas.

Fuente: Red de Medios Digitale del Perú

- Publicidad -

Popular

- Publicidad -

Artículos Relacionados
RELACIONADOS

Denuncian direccionamiento en la elección del comité organizador de la Fegasur 2025

El productor agropecuario, Luis Alberto Yucra Yapo, acuso a...

Congreso aprueba delimitación territorial entre Puno y Cusco

Con cien votos, el pleno del Congreso aprobó el...

Reconocen destacada gestión de alcalde escolar cusqueño en beneficio de su comunidad educativa

Humberto Gaetano Masafro Olarte, el alumno natural del Cusco...