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Puno

PUNO :Jurado Nacional de Elecciones informo acerca de las funciones que cumple el PARLAMENTO ANDINO

Fecha:

En las cercanas elecciones en donde miles de peruanos tendrán que elegir al que representara al Perú por un periodo de 5 años, además de elegir a congresistas y parlamento andino.

Diversos pobladores de la región de Puno afirmar no conocer que es el parlamento andino, ni las funciones que desempeña esté ente autónomo del estado.

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Parlamento Andino. Foto: Perú 21

Por su parte Vanesa Villasante, Coordinadora de acciones educativas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), informo sobre las funciones que tiene el Parlamento Andino.

“El parlamento andino es un órgano comunitario de representación ciudadana y control político de la comunidad y su sistema andino de integración, tiene como funciones principales la participación ciudadana y la promoción de la integración andina, así como también la proposición de normativas regionales a los gobiernos y órganos legislativos nacionales”, declaro la funcionaria.

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Cabe resaltar que el parlamento andino forma parte de 5 países como son Bolivia, la Republica de Chile, la República de Colombia, la República del Ecuador y República del Perú y la sede en nuestro país se encuentra en la capital Lima.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO ANDINO

Corresponde al Presidente del Parlamento Andino:

  • Ejercer la representación legal del Parlamento Andino y delegarla de conformidad con las órdenes establecidas en este Reglamento.
  • Convocar y presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Plenaria y de la Mesa Directiva.
  • Ejecutar, coordinar y supervisar la correcta y oportuna aplicación de las Decisiones, Resoluciones y Recomendaciones de la Plenaria y la Mesa Directiva; los Informes de las Comisiones y Grupos de Trabajo, y comunicar sobre su cumplimiento y avance a la Mesa Directiva y a la Plenaria; requiriendo, de ser necesario, informes sobre las actuaciones de los Órganos e Instituciones del SAI.
  • Suscribir los Instrumentos de Pronunciamiento y las Actas de las Sesiones de la Plenaria y de la Mesa Directiva.
  • La Presidencia en receso de la Mesa Directiva, podrá designar a los Parlamentarios que deban representar a este organismo en invitaciones a eventos internacionales.
  • Dirigir de conformidad con el presente Reglamento, las actividades del Parlamento y de sus Órganos y mediar los casos de discrepancia que se presenten en las representaciones parlamentarias.
  • En receso de la Mesa Directiva, conocer sobre las solicitudes de licencia temporal que hagan los Parlamentarios Andinos y el Secretario General.
  • Representar al Parlamento Andino en sus relaciones con los demás Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, con las instituciones de los países miembros, con los Parlamentos subregionales de Integración, con los organismos y agencias internacionales y con las instituciones y autoridades de terceros países.
  • Suscribir convenios y acuerdos con representantes del ejecutivo de terceros países, organismos internacionales, representantes de parlamentos o congresos nacionales, parlamentos subregionales de integración, entre otros; sobre temas de interés común y solicitar cooperación y asistencia para el buen desarrollo de las actividades del Parlamento Andino.
  • Informar oportunamente a la Mesa Directiva de los desplazamientos dentro y fuera de los países de la Comunidad Andina; en ejercicio de sus funciones.
  • Informar de las ausencias injustificadas de los miembros del Parlamento Andino a las instancias correspondientes.
  • Presentar su informe anual de actividades, durante el Período de Sesiones Ordinarias.
  • Las demás que, en el ámbito de su competencia, sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
  • En uso de las atribuciones consagradas en el presente artículo el Presidente podrá dictar las correspondientes resoluciones Administrativas.ATRIBUCIONES DE SESIÓN
  • Además de ejercer las atribuciones que le confieren otras disposiciones de este Reglamento, tanto en la dirección de la Plenaria, como de la Mesa Directiva, el Presidente abrirá y levantará cada una de las Sesiones plenarias de los Períodos Ordinarios, dirigirá los debates, velará por la aplicación del Reglamento, concederá la palabra, someterá a votación los asuntos y proclamará las decisiones.
Parlamento Andino. Foto: ONVM
  • Decidirá las cuestiones de orden, y con sujeción al Reglamento, tendrá plena autoridad de ellas. Podrá imponer a la Plenaria y la Mesa Directiva durante la discusión de un asunto, tiempo de uso de la palabra, la limitación del número de intervenciones de cada Representante, el cierre de la lista de oradores y el cierre de los debates. También podrá proponer la suspensión o el levantamiento de la sesión, o el aplazamiento del debate sobre el asunto que se esté discutiendo.
  • El Presidente, en ejercicio de sus funciones, está supeditado a la autoridad de la Mesa Directiva y de la Plenaria, según sea el caso.

FUNCIONES DE LOS VICEPRESIDENTES DEL PARLAMENTO ANDINO

La Plenaria elegirá de entre sus miembros a los Vicepresidentes, que representarán a cada uno de sus países, distintos al del Presidente. Los Vicepresidente, además de participar en las responsabilidades comunes de la Mesa Directiva en sus respectivos países, estarán a cargo de:

  • Asumir la representación legal de los términos y condiciones en que le fuere delegada por la Plenaria, Mesa Directiva o Presidencia para coordinar las actividades del Parlamento Andino con los Parlamentos Nacionales, Gobiernos y Organismos Nacionales; así como con los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración que tengan sede en su respectivo país.
  • Asumir el manejo y coordinación del área económica, administrativa y técnica de su respectiva representación parlamentaria, de conformidad a su reglamentación interna propuesta por cada Delegación y aprobado en Mesa Directiva en armonía con el ordenamiento jurídico del Parlamento Andino.
  • Informar a la Presidencia a través de la Secretaria General, de las invitaciones que haya recibido a eventos nacionales e internacionales para su procesamiento; así como exigir los informes correspondientes a los Parlamentarios que hayan sido delegados en misión especial.
  • Informar oportunamente a la Mesa Directiva y a la Presidencia a través de la Secretaría General, del plan general del Parlamento Andino.
  • Distribuir en sus respectivos países los temas de investigación y desarrollo organizativo que les haya sido encargado por la Plenaria, Mesa Directiva y las Comisiones.
  • Las demás funciones que sean necesarias en el ámbito de su competencia, contempladas en el Reglamento de la Representación Parlamentaria Nacional, el mismo que no puede ser contradictorio al presente Reglamento.

FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL DEL PARLAMENTO ANDINO

Son funciones del Secretario General las siguientes:

  • Organizar y asumir, bajo su responsabilidad, la gerencia administrativa y técnica especializada de la Oficina Central, sujeta a la supervisión de la Mesa Directiva, así como ejercer control y vigilancia de los funcionarios y empleados de la Oficina Central, de conformidad con el correspondiente Manual de Cargos y Funciones y el Reglamento Interno de Personal de la Oficina Central y las demás normas procedimentales que sean Pertinentes.
  • Ejercer la representación jurídica de la Oficina Central del Parlamento Andino, así como representar diplomáticamente al Parlamento Andino ante el Gobierno de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en el Tratado Constitutivo y en el Acuerdo Sede suscrito con éste país.
  • Realizar el despacho diario de las comunicaciones oficiales recibidas y decretar su curso correspondiente para conocimiento del Presidente y Vicepresidentes o Comisiones según el caso.
  • Por disposición de la Presidencia, le corresponde organizar el desarrollo y convocatoria de los períodos de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de las Plenarias, así como las sesiones de la Mesa Directiva y de las correspondientes Comisiones.
  • Promover reuniones de coordinación y enlace con las oficinas de las representaciones parlamentarias nacionales, para una oportuna ejecución del Plan de Actividades y otros aspectos inherentes al fortalecimiento institucional del Parlamento Andino.
  • Promover, impulsar y coordinar, las relaciones de la Presidencia y la Mesa Directiva del Parlamento Andino con los demás Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, los Parlamentos y Gobiernos de los países miembros, con los organismos y agencias de cooperación y asistencia nacionales e internacionales, así como con los Parlamentos Regionales de Integración.
  • Preparar y presentar, con el apoyo del área Administrativa y Financiera de la Oficina Central, el Proyecto de Presupuesto Anual, así como los Estados Financieros y la Ejecución Presupuestal para ser puesto en conocimiento de la Mesa Directiva.
  • Preparar y presentar a la Mesa Directiva un informe semestral de las actividades realizadas.
  • Prestar el apoyo administrativo y académico a las Comisiones del Parlamento Andino y designar los Secretarios de las respectivas Comisiones.
  • Publicar las Memorias de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, el Diario de Debates y la Gaceta Oficial del Parlamento Andino.
  • Elaborar el Reglamento Interno y Manual de Cargos y funciones para conocimiento y aprobación de Mesa Directiva.
  • Nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Oficina Central. de conformidad a disposiciones reglamentarias.
  • Ordenar el pago de pasajes y viáticos de los Parlamentarios Andinos de Representación en caso de emergencia o excepción debidamente justificados, que por disposición de la Mesa Directiva o la Presidencia. deban ser cubiertos con cargo al presupuesto de la Oficina Central.
  • Acreditar a los Parlamentarios Andinos que hayan sido designados para representar a este Organismo en los eventos de carácter internacional; y, recibir sus correspondientes informes.
  • Participar con derecho a voz en las reuniones de los órganos del Parlamento Andino.
    El Secretario General, en el ámbito de sus funciones, podrá dictar las correspondientes Resoluciones Administrativas.
  • Impulsar y gestionar ante los organismos competentes, la realización de los procesos de Elecciones Directas de los Representantes al Parlamento Andino en los países que aún no se ha realizado.
  • Cumplir con las demás obligaciones y representaciones que, dentro de la naturaleza de sus funciones, le permitan un desempeño adecuado y eficiente de sus labores.
  • Entre los funcionarios del Parlamento Andino, el Secretario General designará al Secretario de Actas e Instrumentos, que será un profesional en derecho y quien ejercerá las funciones de Secretario de actas, tanto de la Plenaria, Mesa Directiva, así como asumirá el custodio de las actas de las Comisiones. Será el único responsable del manejo, procesamiento y notificación de las actas y los instrumentos de pronunciamiento del Parlamento.

PARTIDOS POLÍTICOS QUE LOGRARON SU INSCRIPCIÓN PARA EL PARLAMENTO ANDINO

Elecciones 2021. Foto: El Peruano

Los partidos que ya lograron su inscripción son: Renacimiento Unido, Avanza País-Partido de Integración Social, Democracia Directa, Podemos Perú, Renovación Popular, Perú Libre, Juntos por el Perú y Fuerza Popular.

También, el Partido Morado y Frente Amplio, Partido Popular Cristiano, Alianza para el Progreso, Somos Perú, Frepap y Partido Nacionalista.

(Con fuente de datos del Consejo de la República).

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